Ayer fui a disculparme ante don José, un maestro de la vida, 71 años, amable, siempre animado, pero con ojos tristes, quien sabe si por un secreto inconfesable. Hace cinco años, una Administración, obviaré su nombre, le embargó sus únicos ahorros, una cuenta bancaria con 18.000 euros; a partir de entonces, lo único que le quedaba era su escasa pensión de jubilación, con la que tendría que sobrevivir, pagar la luz, el agua, el alquiler…
Comenzó una lucha. Siempre le dije a don José que nuestras leyes establecen que la relación que une a la Administración con los ciudadanos se fundamenta en el principio de CONFIANZA LEGÍTIMA y, que por lo tanto, todo se tendría que resolver. Dos años de escritos y recursos terminaron con una decisión administrativa que denegaba la petición de don José, LA ADMINISTRACIÓN ACORDÓ NO DEVOLVERLE SU DINERO.
Contra aquella decisión, inexplicable, se decidió presentar un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, teníamos que confiar en nuestro sistema judicial. Tres años después de presentar el recurso, hemos recibido por fin la sentencia, ¡¡nos han dado la razón!!, y uno de los argumentos utilizados por el Juzgado, es que las relaciones de la Administración con los ciudadanos se rige en virtud del principio de confianza legítima. Después de cinco años a don José le han dado la razón.
Hoy he llamado a sus hijos, don José falleció hace un mes, y les he comunicado la decisión del Juzgado. Ahora empezaremos una nueva etapa, tendremos que solicitar la devolución del dinero embargado, presentar no sé cuántos documentos para acreditar que los que solicitan el reintegro del dinero son hijos de don José, y ya no sé cuánto tiempo tardará la Administración en dar por cerrado este asunto. Don José quiero pedirle disculpas, porque como usted en su día, ahora tampoco tengo confianza en la Administración.